Ciudad De México, 02 de junio de 2026.- El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) se pronunció tras la apelación de la Federación Mexicana de Fútbol (FMF) contra la FIFA y resolvió parcialmente anular la clausura de las gradas impuesta al Tricolor por el grito homofóbico de aficionados.
La Formación Arbitral del TAS estimó una de las apelaciones y anuló la clausura parcial del 15 por ciento de las gradas para el próximo partido de Nivel A de la FIFA que dispute el equipo mexicano. Sin embargo, el tribunal determinó que la FMF aún debe pagar multas de 60 mil y 80 mil francos suizos, equivalentes a unos 76 mil 235 y 101 mil 656 dólares, respectivamente.
El origen de las sanciones se remonta al verano de 2024, cuando el Sistema de Vigilancia Antidiscriminación de la FIFA reportó el uso del grito homofóbico durante tres partidos amistosos contra Bolivia, Uruguay y Brasil, dos de los cuales fueron interrumpidos temporalmente. En septiembre de 2024, la Comisión Disciplinaria de la FIFA declaró responsable a la FMF e impuso la multa de 60 mil francos y el cierre parcial, decisión confirmada posteriormente por la Comisión de Apelación.
Posteriormente, en octubre de 2024, el grito fue reportado en otro amistoso contra Estados Unidos, lo que generó un nuevo procedimiento. En noviembre de 2024, la Comisión Disciplinaria de la FIFA impuso una multa adicional de 80 mil francos suizos, resolución que también fue confirmada en apelación.
Ante esto, la FMF presentó dos apelaciones ante el TAS en marzo y junio de 2025, argumentando que ha realizado los “mayores esfuerzos posibles para educar, prevenir y erradicar el cántico”. La federación sostuvo que las sanciones no son eficaces para influir en el comportamiento ni disuadir la reincidencia, y solicitó sustituir las medidas por un plan de acción conjunto, señalando que los incidentes fueron de “carácter aislado y de corta duración”.
Durante una audiencia presencial en Miami el 3 de marzo de 2026, la Formación Arbitral examinó las imágenes de los partidos y consideró los argumentos de ambas partes. El tribunal observó que la conducta de los aficionados fue de forma “masivamente colectiva y mayoritaria”, y que no fue solo de carácter coyuntural, aunque reconoció “la singularidad de la situación”.
