SCJN resuelve que indemnizaciones por muerte o incapacidad se calculen con UMAs y no con salario mínimo

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Ciudad De México, 14 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Unidad de Medida y Actualización (UMA) debe prevalecer como método para cuantificar las indemnizaciones civiles por muerte o incapacidad, desplazando al salario mínimo como base de cálculo. Durante la sesión de este martes, el pleno determinó por seis votos contra tres aprobar el proyecto presentado por la ministra Lenia Batres.

La contradicción de criterios 59/2025, que había sido pospuesta en tres ocasiones, enfrentó posturas divididas entre las salas. La ministra Batres planteó que la extinta Segunda Sala asumió la UMA como base, mientras que la Primera Sala sostuvo el uso del salario mínimo. A favor del proyecto votaron Hugo Aguilar, Lenia Batres, Sara Herrerías, Estela Ríos, Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero.

En contra de que existiera una contradicción de criterios y, por ende, en oposición a fijar la UMA como criterio único, votaron las ministras Loretta Ortiz y Yasmin Esquivel, junto con el ministro Irving Espinosa. Ortiz declaró no compartir el apartado de existencia al considerar que el aparente punto de choque deriva de diferencias normativas, mientras que Esquivel y Espinosa manifestaron que la contradicción era inexistente debido a que cada precepto correspondía a elementos diversos para el cálculo.

La ministra María Estela Ríos afirmó estar a favor de resolver la contradicción al señalar que subyace una misma cuestión jurídica: la determinación del parámetro válido para cuantificar la indemnización por muerte conforme al artículo 1915 del Código Civil para el Distrito Federal. Por su parte, la ministra Lenia Batres destacó que su propuesta obedece a un “mandato constitucional”.

En su proyecto, la ministra Batres argumentó que “la cuantificación de la indemnización con base en la UMA no implica un menoscabo o retroceso en el derecho a la justa indemnización… además de que se atiende a la naturaleza de su carácter civil, en el entendido de que su fin último es reparar un daño patrimonial y no una cuestión de carácter laboral”.

Esta decisión tendrá implicaciones inmediatas en los montos de las reparaciones. De acuerdo con la información recabada, mientras que bajo el criterio de salarios mínimos el pago por indemnización por muerte podía ascender a más de 1.5 millones de pesos, con la aplicación de la UMA como criterio único, el monto ahora no podrá rebasar los 585 mil pesos.

Cabe destacar que en noviembre pasado, la presidenta Claudia Sheinbaum cuestionó el proyecto, señalando que los ministros no legislan, sino que generan jurisprudencia.

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