Ciudad De México, 25 de marzo de 2026.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la reforma que reserva exclusivamente al Estado mexicano la exploración y explotación del litio. La resolución, emitida el 24 de marzo de 2026, respondió a la acción de inconstitucionalidad 78/2022 promovida por una minoría de senadores de oposición contra los artículos 1, 5 bis y 10 de la Ley Minera modificada en 2022.
Sara Irene Herrerías Guerra, ministra ponente del caso, condujo el análisis jurídico que derivó en el aval de la norma. El alto tribunal concluyó que la legislación no vulnera derechos fundamentales ni competencias estatales al establecer el control nacional sobre este mineral estratégico, consolidando la postura del Ejecutivo federal sobre la soberanía energética.
En su dictamen, la Corte determinó que no era requerida una consulta previa a pueblos indígenas y afroamericanos para la emisión de esta norma. Los ministros argumentaron que se trata de una disposición de carácter general que no tiene un impacto directo e inmediato sobre las comunidades, por lo que no activa la obligación internacional de consulta establecida en el Convenio 169 de la OIT.
La decisión refuerza el marco legal que impide la participación de privados en la cadena productiva del litio, manteniendo la exclusividad para organismos públicos. Con esta sentencia, se cierra la vía judicial abierta hace dos años por legisladores que cuestionaron la validez constitucional del decreto emitido durante la administración federal previa.
El fallo pone fin a la incertidumbre jurídica sobre el futuro de los proyectos de extracción de litio en el país, permitiendo al Estado avanzar en sus planes de exploración sin el riesgo de que la ley sea impugnada nuevamente por los mismos motivos. La resolución queda firme tras la votación del pleno, sin que se hayan detallado públicamente las posiciones individuales de cada ministro más allá de la ponencia presentada.
